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Mapa Oficial de las Comunas

 

Propuestas, Debates e Información

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Qué son las comunas? Por Horacio Quiroga - Norberto Cohenca

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Las Comunas y los Medios barriales 2007

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Mapa Oficial de Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: La Legislatura de la Ciudad definió las 15 Comunas que comprenden a 48 barrios, cuyos límites y divisiones quedaron establecidos mediante la Ley N° 2329, sancionada el 10 de mayo de 2007. Consulte aquí todos los límites

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Centros de Gestión y Participación Comunales -  Creación de 15 CGPC El Poder Ejecutivo de la Ciudad promulgó, en el Boletín Oficial del día 7 de julio, el Decreto N° 816 mediante el cual se crean 15 Centros de Gestión y Participación Comunales.

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Las Comunas y los Medios Barriales 2006

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De los CGPC a las Comunas Cuadernillos especiales del Departamento de Cultura y Educación y las áreas de Derechos Humanos y de Prensa y Comunicaciones

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FUE SANCIONADA LA LEY QUE ESTABLECE 15 COMUNAS EN LA CIUDAD DE BS. AS. Consulte aquí el texto de la ley 1.777: Ley orgánica de Comunas - Setiembre de 2005

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LEY N° 2.248 Se modifica la Ley Nº 1.777, B.O. Nº 2292 (Ley Orgánica de Comunas)

Páginas web sobre Comunas

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http://www.comunas.buenosaires.gov.ar/

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http://www.comunas.buenosaires.gov.ar/blog/

Viernes 2 de Setiembre de 2005

FUE SANCIONADA LA LEY QUE ESTABLECE
15 COMUNAS EN LA CIUDAD DE BS. AS.

Consulte aquí el texto de la ley 1.777: Ley orgánica de Comunas

 

Comunas de la Ciudad de Buenos Aires

 

En la Legislatura de la Ciudad fue sancionada, en la tarde del 1 de setiembre, en Sesión Especial, la Ley Orgánica de Comunas, por el voto unánime de los 52 diputados presentes en el momento de la votación.
La fecha de las primeras elecciones de autoridades de las Juntas Comunales deberá ser fijada por la Legislatura antes del 31 de diciembre del 2006.

El proceso de transición deberá ser implementado por el Poder Ejecutivo con la participación de vecinos. El mismo comprende: "la descentralización de los servicios actualmente desconcentrados en los Centros de Gestión y Participación, adaptación de los límites, la normativa y los padrones electorales; y la transferencia gradual de competencias centralizadas a las unidades descentralizadas (...)".

Además de los servicios y trámites que actualmente pueden realizarse en los CGP, las comunas contarán con autoridades elegidas por los vecinos y un presupuesto propio.
Cada Comuna estará identificada con un número, pero una vez conformadas los vecinos podrán elegirle un nombre. También deberán elegir, cada cuatro años, a las autoridades que conformen el Consejo de gobierno de la Comuna. Estará compuesto por siete miembros; un presidente y seis delegados que, a su vez, representarán a una mayoría y dos minorías. Los consejeros deberán vivir en la Comuna la cual contará, además, con un Consejo Consultivo formado por ONG barriales, quienes podrán asesorar a las autoridades comunales sobre las políticas a seguir.
Por otro lado, contarán con un presupuesto propio, el cual deberá ser aprobado con anterioridad por un consejo intercomunal -formado por los presidentes de cada Comuna. Durante los primeros dos años, el presupuesto total para todas no podrá ser mayor al 5% del total de recursos de la Ciudad.
En cuanto a sus funciones, reemplazarán a los actuales CGPC en lo relativo a trámites y servicios. Pero, además, realizarán el mantenimiento de plazas y calles secundarias; diseñarán e implementarán políticas culturales y sociales para el barrio; controlarán los servicios públicos y los comercios e industrias de su zona a través de un cuerpo de inspectores propios; instrumentarán un sistema de mediación comunitaria, entre otras funciones. Estas tareas dependerán del presupuesto que cada una elabore para implementar las acciones que crean más convenientes para su área de influencia.
Las 15 Comunas quedaron establecidas de la siguiente forma:

Comuna 1: Puerto Madero, San Nicolás, Retiro, Montserrat, San Telmo y Constitución.
Comuna 2: Recoleta
Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal
Comuna 4: La Boca, Barracas, Parque Patricios y Nueva Pompeya.
Comuna 5: Almagro y Boedo.
Comuna 6: Caballito.
Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco.
Comuna 8: Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo.
Comuna 9: Parque Avellaneda, Mataderos y Liniers.
Comuna 10: Villa Luro, Vélez Sarsfield, Floresta, Montecastro, Villareal y Versalles.
Comuna 11: Villa Devoto, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa General Mitre.
Comuna 12: Villa Pueyrredón, Villa Urquiza, Coghlan y Saavedra.
Comuna 13: Núñez, Belgrano y Colegiales.
Comuna 14: Palermo.
Comuna 15: Villa Ortúzar, Chacarita, Villa Crespo, Paternal, Agronomía y Parque Chas.

Fuente: Dir. Gral. de Prensa y Comunicación - Legislatura de la Ciudad y Noticias del GCBA de la CABA

 

LEY N° 2.248
Se modifica la Ley Nº 1.777, B.O. Nº 2292 (Ley Orgánica de Comunas)

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2006.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1° - Sustitúyese el artículo 47, inciso c) de la Ley N° 1.777 por el siguiente:
"c): El proceso de transición debe completarse el 31 de mayo de 2007. Antes del vencimiento de dicho plazo, la Legislatura fija la fecha en que se realizarán las elecciones, que deben ser convocadas por el Jefe de Gobierno, y de la disolución de los Centros de Gestión y Participación Comunal y asunción de las autoridades electas".
Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello

DECRETO N° 97

Buenos Aires, 16 de enero de 2007.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.248, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 14 de diciembre de 2006; Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo Legislativo, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y fines pertinentes, pase al Ministerio de Gestión Pública y Descentralización.
El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gestión Pública y Descentralización. TELERMAN - Cortina

 

 
 

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Premio mate.ar PyME 2006 en el rubro Patrimonio Histórico

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