Legislatura – Sesión Ordinaria del jueves 14 de septiembre de 2017

En la Sesión Ordinaria de la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires, del jueves 14 de septiembre, se trataron estos temas: Jorge Julio López / Se actualizó el marco legal sobre tipos de dársenas y ancho de los carriles en calles y avenidas / Se reguló el uso de las bicicletas eléctricas / Huéspedes de Honor / Acuerdo por litigio entre el GCBA y Telecom S.A. / Solicitan informes al Ejectivo por la toma de escuelas.

Jorge Julio López

«La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora un nuevo aniversario de la desaparición en democracia de Jorge Julio López y solicita el esclarecimiento del caso. Asimismo expresa su apoyo a la familia de López y se une a su pedido de justicia», expresa una declaración aprobada hoy.
Se actualizó el marco legal sobre tipos de dársenas y ancho de los carriles en calles y avenidas

La norma, aprobada por unanimidad por 57 votos, que regula que los carriles de las calles y avenidas porteñas podrán reducirse de 3 a 2,80 metros, en los casos que se permita, para crear dársenas de estacionamiento o de giro, ciclovías o ampliación de veredas, se oficializó este jueves a través de una ley que modifica las definiciones del Código de Tránsito y Transporte para los términos «carril» y «dársena», dividiendo a este último en dos tipos: dársena de estacionamiento o detención y dársena de giro, a la vez que se establecen sus dimensiones.

Los fundamentos del proyecto definen que «la reducción del ancho de los carriles permite la creación de dársenas de giro, la instalación de ciclovías, el ensanche de veredas o la creación de isletas».
 
Actualmente el Código de Tránsito y Transporte determina que los vehículos y su carga no deben superar los 2,60 metros de ancho salvo excepciones. Un relevamiento oficial constató que el 80 por ciento de los vehículos no excede los 2,10 metros, incluyendo los espejos retrovisores.

Por la nueva ley, el vocablo «carril» se define como la «banda longitudinal demarcada en la calzada para un mejor ordenamiento de la circulación, destinada generalmente al tránsito de una sola fila de vehículos.»

A su vez, «dársena de estacionamiento o detención» es el «espacio resguardado en la vía  pública, destinado a estacionamiento o detención vehicular, cuyo ancho mínimo es de dos metros, salvo estudio de composición vehicular que demuestre un ancho menor de vehículo.»

«Dársena de giro», en tanto, es el «espacio resguardado en la vía pública destinado a giro vehicular, cuyo ancho mínimo es de dos metros con ochenta centímetros para tránsito compuesto principalmente por vehículos livianos y un ancho mínimo de tres metros para tránsito general.»

Los carriles de circulación observarán las siguientes dimensiones mínimas:
  1. En vías con velocidad máxima superior a 60 km/h, el ancho mínimo será de 3 metros, con excepción de aquellas arterias donde los colectivos transiten por carriles separados y no circule el tránsito pesado. En tales casos se puede reducir el carril a 2,80 metros.

  2. En vías con velocidad máxima inferior a 60 km/h, donde circulen líneas de colectivos o tránsito pesado, el ancho mínimo será de 3 metros. Demás supuestos, ancho mínimo de carril será de 2,80 metros.
Se reguló el uso de las bicicletas eléctricas

Con 53 votos afirmativos y 4 abstenciones, se aprobó hoy una ley que regula el uso de las bicicletas eléctricas en la ciudad incorporando al Código de Tránsito y Transporte la definición de los ciclorodados con pedaleo asistido y las condiciones de seguridad necesarias para habilitar su circulación. 

De acuerdo a la norma, esta clase de rodados son calificados como «vehículo de dos o tres ruedas, con motor eléctrico auxiliar e impulsado por el esfuerzo de quien lo utiliza, cuya potencia disminuye progresivamente, y que finalmente se interrumpe cuando el vehículo alcanza una velocidad de 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear».

El requisito de seguridad que se exige para habilitar su circulación por la vía pública, es un sistema de frenos que actúe sobre las ruedas y que se accione desde el manubrio; una bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; un espejo retrovisor colocado en forma tal que permita al conductor ver por lo menos a 70 metros de distancia; un elemento catadióptrico rojo en la parte trasera y otro blanco en la parte delantera. Además, en marcha nocturna, se debe utilizar una luz de color rojo orientada hacia atrás y una luz de color blanco o destellador orientada hacia adelante, ambas visibles a no menos de cien metros en el sentido correspondiente.

Asimismo, esta ley regula la coexistencia de las bicicletas con los ciclorodados eléctricos y autoriza como potencia máxima del motor auxiliar unos 500 Watts y limita la velocidad en 25 km/h.

Los conductores, quienes no podrán ser menores de 16 años.

Una cláusula transitoria establece que los ciclorodados que no satisfagan los requisitos de seguridad tendrán 180 días contados a partir de la publicación de la presente ley para ajustarse a la normativa.
Huéspedes de Honor
  • Paolo Chiavacci, profesor y director de la Orquesta Gli Archi del Maderna, quien visitará a la Ciudad de Buenos Aires, el 21 de septiembre. 

  • Dr. Roberto de Figueiredo Caldas, quien quien visitará la Ciudad los días 28 y 29 de septiembre en el marco del 13º Congreso Internacional de Derecho Administrativo, organizado por Asociación Argentina de Derecho Administrativo que tendrá lugar en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde brindará una conferencia. 

  • José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, diputado del Parlamento Europeo,  quien visitará nuestra ciudad el 18 al 22 de septiembre. 
Acuerdo por litigio entre el GCBA y Telecom S.A.

A través de la aprobación de una resolución, la Legislatura prestó conformidad al acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Telecom Argentina S.A., respecto a diversos juicios por cobros de tributos. La Comisión de Asuntos Constitucionales emitió un despacho aconsejando la aprobación del mencionado acuerdo.

Las partes, en función de lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, acordaron que Telecom le adeuda al GCBA la suma de $ 25.843.204,50 comprendiendo capital más intereses calculados al 30 de abril de 2016.

Telecom se compromete a realizar el pago dentro de los diez días hábiles de que la Procuración le notifique la aprobación por parte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del presente acuerdo. 
Solicitan informes al Ejectivo por la toma de escuelas 

El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá responder al Cuerpo parlamentario, a través de los organismos correspondientes y dentro de los 30 días, tres preguntas relacionadas con el «Instructivo sobre forma de proceder en caso de toma de establecimientos educativos» que se atribuye al Ministerio de Educación.

Los legisladores solicitan que «Ratifique o rectifique la emisión del Instructivo de la referencia cuyo texto obra en el Oficio ACCAyT N° 1 N° 1.268/17 (de fecha 08/09/2017) cursado por la Asesoría Tutelar N° 1 ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Tributario de esta Ciudad».

Además, de ratificar la existencia de ese documento, deberá remitir «el Acto Administrativo que lo aprueba y copia íntegra del expediente en que fue emitido».

Finalmente, en caso de negar la existencia del documento referido se solicita «copia del protocolo vigente, si existiera uno, para casos de toma de establecimientos educativos, acto administrativo que lo aprueba y copia íntegra del expediente en que fue emitido».

El instructivo en cuestión ha provocado reacciones de diversos sectores de la sociedad entre otros el Consejo de Niños y Niñas y Adolescentes y el Ministerio Público Tutelar, órgano del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

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