Legislatura – Actividad del jueves 12 de octubre

En la sesión ordinaria del jueves pasado se resolvieron estos temas: Boleto Estudiantil Gratuito / Plan educativo para prevenir adicciones / Incorporan a las bicicletas en el Código de Tránsito y Transporte / Una escuela de la Comuna 8 se denominará «Abuelas de Plaza de Mayo» / Pedido al Congreso Nacional por una Bicameral para designar el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes / Aprobación de Convenios Interjurisdiccionales / Concientización sobre el cáncer de mama / Reemplazo en la sindicatura de la Agencia de Bienes S.E.

BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO

Con el voto unánime de los legisladores presentes se votó la ley creadora del régimen de Boleto Estudiantil Gratuito (en colectivos, subtes y premetro), que beneficia únicamente a los alumnos de escuelas estatales y privadas de los niveles inicial, primario, secundario,  educación especial de la Ciudad de Buenos Aires, y «terminalidad» secundaria en centros de formación profesional, ya sea de educación estatal o privada. 

Los estudiantes beneficiados tienen acceso a cincuenta pasajes mensuales con un límite diario de cuatro 4 boletos diarios, en aquellos días hábiles en el calendario escolar.

Cuatro comisiones trataron las varias iniciativas presentadas y se emitió un dictamen de mayoría (respaldado por los bloques PRO, Suma+ y otros) y dos despachos de minoría (uno del FPV y otro de los monobloques de izquierda). Los despachos de minoría querían incluir en el beneficio a docentes y otros trabajadores de la educación y a estudiantes terciarios y universitarios. La izquierda, a su vez, duplicaba en su proyecto la cantidad de viajes mensuales. En el recinto se votó el dictamen de mayoría, que obtuvo la unanimidad de los 53 votos emitidos, en la votación en general.

La ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad y allí se establecerán las formas en que se acreditará la condición de alumno para acceder gratis al servicio de transporte público.

«El boleto estudiantil podrá ser utilizado durante los días hábiles que comprendan el ciclo escolar. A través de la reglamentación se determinará la cantidad de viajes autorizados por usuario, la que no podrá ser superior a cincuenta viajes mensuales y cuyo tope será de cuatro viajes por día», determina el artículo tercero.

También se estipuló que las empresas prestatarias deberán cubrir el seguro de los usuarios de este beneficio, al igual que lo hace con el resto de los pasajeros.

En comisiones legislativas se calculó que el número de personas alcanzadas por esta norma, en la Ciudad, es de alrededor de 270.000 alumnos.

Durante el debate, se manifestaron a favor de la norma, con diferencias de matices, todas las bancadas. La lista de oradores empezó por el presidente de la Comisión de Educación, Maximiliano Ferraro (CC-ARI), y continuó con Lía Rueda (PRO), Lorena Pokoik, Pablo Ferreyra (FPV), Marcelo Ramal (FIT), Fernando Vilardo (AyL), Jian Ping Yuan (PRO), Patricio del Corro (PTS), Cristina García (PRO), Adrián Camps (PSA), Hernán Arce (PS), Silvia Gottero (BP), Alejandro García (PRO), Juan Nosiglia (Suma+), Graciela Ocaña (CP) y Carmen Polledo (PRO).

Al votarse en particular el artículo tercero (referido a la cantidad de pasajes mensuales), el diputado Camps propuso una modificación que no fue aceptada y se ratificó el texto original por 47 votos positivos, 2 negativos (Camps y Javier Gentilini -FR-) y 4 abstenciones (Gustavo Vera -BC- y los 3 monobloques de izquierda). Cuando se votó en particular el artículo sexto (sobre las adecuaciones presupuestarias del gobierno de la Ciudad para financiar este sistema), hubo 49 votos positivos, 3 negativos (monobloques de izquierda) y una abstención del diputado Camps.

PLAN EDUCATIVO PARA PREVENIR ADICCIONES

El Ministerio de Educación de la CABA deberá diseñar una «política integral de prevención de adicciones en el ámbito educativo» y crear equipos multidisciplinarios para abordar con los estudiantes la problemática de las drogas, según estipula una ley sancionada hoy por la Legislatura porteña.

Los considerandos del despacho señalan que «el ámbito educativo es un espacio privilegiado para el desarrollo de acciones dirigidas a promover comportamientos saludables y alentar actitudes responsables frente al uso de sustancias psicoactivas y los riesgos que trae aparejados» y menciona el antecedentes de la ley nacional  26.586 que dispuso la creación del Programa de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas. Esa normativa nacional instó a la incorporación de lineamientos curriculares mínimos en esta materia y ahora la ley local complementa sus alcances y «pone en cabeza de un equipo interdisciplinario el diseño de un plan integral de prevención de adicciones en la esfera educativa, con el objetivo de reducir las condiciones de riesgo vinculados al consumo de sustancias psicoactivas por parte de los niños, niñas y jóvenes», explicaron los fundamentos del dictamen de comisión.

De acuerdo a la ley votada «el diseño de esta política estará a cargo del Ministerio de Educación, quien a los efectos de su implementación y seguimiento coordinará acciones con un equipo interdisciplinario de especialistas». Educación «definirá las modalidades, niveles educativos y establecimientos que tendrán prioridad de intervención» y podrá coordinar con los ministerios de Salud y de Desarrollo Humano y Hábitat.

«Las estrategias desarrolladas por el equipo interdisciplinario y dirigidas a los estudiantes, incorporarán los contenidos curriculares específicos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Consejo Federal de Educación, a efectos de garantizar un abordaje de la problemática sostenido en el tiempo y adecuado a las necesidades y particularidades de cada franja etarea. El equipo interdisciplinario, brindará talleres u ofrecerá herramientas adecuadas a las necesidades que identifique como prioritarias», dispone uno de los artículos.

A los efectos legales, se entiende como sustancias psicoactivas a «aquellas sustancias con efectos sobre el sistema nervioso central que tienen la capacidad de cambiar la percepción, el estado de ánimo y/o el comportamiento».

INCORPORAN A LAS BICICLETAS EN EL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

El Sistema de Transporte Público en Bicicleta, creado por ley en el año 2007, fue incorporado al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, para agrupar toda su normativa y prescripciones.

Esta incorporación, como título 14° obtuvo 49 votos positivos y las abstenciones de los diputados Roy Cortina (PS), Javier Gentilini (FR).

La ley sancionada define al Sistema de Transporte Público en Bicicleta (STPB) como el «transporte urbano compuesto por varias estaciones de distribución y estacionamiento de unidades de bicicletas ubicadas en lugares estratégicos de la Ciudad, dispuestas para su alquiler, con el fin de ser utilizadas para transportarse dentro del ámbito de la Ciudad». El STPB «tiene como objetivo la promoción del uso de la bicicleta como transporte saludable y respetuoso con el medio ambiente y como método alternativo y complementario de transporte para reducir los niveles de congestión de tránsito».

La norma determina los criterios generales que guían el nuevo sistema: desaliento del uso de autos, incentivar la movilidad sustentable, limpia y saludable; garantizar el derecho a la movilidad, la integridad física y la seguridad de las personas.

El STPB se compone de:

a) Estaciones de distribución y estacionamiento. 
b) Bicicletas. Cada estación de distribución cuenta con un mínimo de bicicletas para poner a disposición de los usuarios, variable según la demanda de la estación.
c) Centros de información y atención, dispuestos en las estaciones de distribución y en lugares intermedios del recorrido.  
d) Señalización adecuada y distintiva.

Sobre los usuarios se especifica que su acceso «se concreta a través del pago de un abono y la adquisición del carnet de usuario que es personal e intransferible. El mismo se tramita según lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación».

Para acceder al carnet de usuario se requiere: acreditar identidad y domicilio (con DNI); ser mayor de 18 años (o mayor de 16 con autorización de los padres) y abonar una tarifa que incluye el costo del seguro de responsabilidad civil. Con el carnet, los usuarios tienen  derecho a acceder al sistema en cualquiera de sus estaciones y hacer uso del servicio, recibir información, solicitar y recibir asistencia frente a averías o inconvenientes relacionados con el uso del servicio.

El usuario tiene la obligación de «asumir la guarda y custodia de la bicicleta que retira, quedando ésta bajo su exclusiva responsabilidad hasta su devolución» y «en caso de robo o hurto, realizar la correspondiente denuncia policial y presentarla de acuerdo al procedimiento que establezca la Autoridad de Aplicación». Con estas bicis sólo se puede circular por la Ciudad, respetar las reglas de circulación y transportarse sin acompañantes.

«El Poder Ejecutivo determina las sanciones de las que serán susceptibles los usuarios que infrinjan alguna de las obligaciones prescritas», dice uno de los artículos, así como la Ciudad «garantiza una infraestructura mínima, adecuada y segura para el buen funcionamiento de este transporte».

UNA ESCUELA DE LA COMUNA 8 SE DENOMINARÁ «ABUELAS DE PLAZA DE MAYO»

La Escuela Infantil N° 11 del Distrito Escolar N° 21, ubicada en Avenida Roca 5.900, Puerta 9 en Villa Riachuelo – Comuna 8 de la ciudad de Buenos Aires pasó a llamarse «Abuelas de Plaza de Mayo» a partir de la aprobación definitiva por unanimidad de los presentes a la ley, efectuada este jueves por la Legislatura porteña.

El Mensaje al Cuerpo parlamentario del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta de mayo último, explica que ante la necesidad de imponer una denominación al establecimiento conforme al artículo 12 del Reglamento Escolar del Sistema Educativo de Gestión Pública y las disposiciones de la Ley 83, se realizó una votación en la que participó la comunidad educativa a través del proyecto institucional «Imprimiendo las huellas de nuestra Identidad» y entre las opciones resultó finalmente electo «Abuelas de Plaza de Mayo».

Agrega que «el nombre para una Escuela Infantil, conjuga varios significados, primero el vínculo único que tiene un niño con sus origenes (abuelos), después el legado que deja el trabajo denodado de las Abuelas de Plaza de Mayo por la identidad, la memoria, la verdad y la justcia, el abordaje de los derechos humanos, el derecho a la identidad y pensar el futuro en función de la memoria».

Intervino la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente del Ministerio de Cultura porteño, y se ha expedido en forma favorable la Comisión Permanente de Nomenclatura Urbana. El proyecto de ley fue aprobado el 7 de julio por la Legislatura en primera lectura y luego se efectuó la correspondiente Audiencia Pública.

PEDIDO AL CONGRESO NACIONAL POR UNA BICAMERAL PARA DESIGNAR EL DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró este jueves que «vería con agrado que el Congreso Nacional constituya una Comisión Bicameral para designar el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo III, Artículo 47, de la Ley N° 26.061». Aclaremos que la mencionada ley, a través de la cual la Argentina ratifica la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989,  fue votada hace once años (2005) y desde ese momento nunca se reunió la Comisión Bicameral para nombrar el Defensor razón por la cual el cargo se encuentra vacante.

Se aprobó a mano alzada con las abstenciones de Marcelo Ramal (FIT), Patricio del Corro (PTS-FI) y Fernando Vilardo (AyL).

APROBACIÓN DE CONVENIOS INTERJURISDICCIONALES

La Legislatura aprobó varios convenios marco de Colaboración Recíproca entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y distintas municipalidades que fueran remitidos por el Jefe de Gobierno y despachados por la Comisión de Relaciones Interjurisdiccionales, que preside el diputado Juan Francisco Nosiglia (SUMA+).

Se trata de convenios con las municipalidades de Malargüe – Departamento de Malargüe y Santa Rosa – Departamento Santa Rosa, ambas en la Provincia de Mendoza. Otros con los municipios bonaerenses de General Alvear, General Guido y Daireaux. Con la Comuna de Santa Teresa – Departamento de Constitución y la Municipalidad de Funes – Departamento de Rosario, Provincia de Santa Fe. También con la Municipalidad de Ancasti, Provincia de Catamarca y la Municipalidad de Villa Elisa – Departamento de Colón, Provincia de Entre Ríos. También se aprobaron convenios marco de Colaboración Recíproca con los municipios jujeños de Tilcara -, Departamento de Tilcara y Humahuaca en el Departamento homónimo. Se aprobaron a mano alzada y se abstuvieron los tres legisladores de izquierda. 

CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA

Durante la sesión los legisladores lucieron una cinta rosa en conmemoración del Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de mama expresando además su adhesión mediante un texto consensuado, a las actividades que se desarrollen en el marco del Día Internacional de la Lucha contra el cáncer de mama, el miércoles 19 de octubre del corriente año.

REEMPLAZO EN LA SINDICATURA DE LA AGENCIA DE BIENES S.E.

El Secretario Parlamentario Carlos Serafín Pérez, leyó una nota en la que se manifestó la renuncia al cargo de síndica de la Agencia de Bienes S.E. de Graciela Inés Lietti. En su reemplazo fue designada Florencia Teuly, a través de una resolución aprobada con 34 votos sobre tablas, a pedido del diputado Alejandro García (PRO).