Es la época del año en que comienzan las ventas de artículos de pirotecnia en este momento del año: además de los locales o kioscos que normalmente venden pirotecnia, comienzan a proliferar diferentes puntos de venta que deberán ajustarse a distintas normas de seguridad, teniendo en cuenta el riesgo que esto representa.
Ricardo Pedace, Director Ejecutivo de la AGC, expresó que «es un clásico de fin de año los shows con fuegos artificiales, pero es sumamente importante que los comerciantes cumplan con las medidas de seguridad requeridas para evitar cualquier accidente«. Para luego agregar «es importante que aquellos vecinos que crean que algún comercio no cumple con la medidas de seguridad requeridas, lo denuncie; llamando a la línea 147 o en la web. La Dirección de Fiscalización y Control de la AGC genera una inspección automática (dentro de las 48 hs) al local denunciado.«
En el 2015, la AGC clausuró 8 locales y se decomisaron 7 cajas con pirotecnia; para el mismo período en 2016, se clausuraron 3 locales y no hubo decomisos. Cabe destacar, que muchos de los depósitos más sancionados migraron hacia la provincia de Buenos Aires en los últimos 3 años.
En lo que respecta a depósitos o locales de venta, estima que actualmente hay aproximadamente 200 locales, la Agencia Gubernamental de Control realiza desde este mes, controles periódicos en estos comercios, históricamente emplazados en los barrios de Balvanera, Constitución, Liniers y Pompeya.
Además de verificar que dichos lugares cuenten con la respectiva habilitación para funcionar, los inspectores de la AGC controlan el límite máximo de almacenamiento permitido, que es de 30 (treinta) cajas de hasta 15 kgs. cada una, por cada producto.
Es importante que las cajas deban estar cerradas. En caso de exponer el producto sin su envoltorio, deberá exhibirse sin las mechas. También debe contar con el sello de Fabricaciones Militares y la leyenda «Autorizado por el RENAR«.
Los kioscos también pueden vender pirotecnia (autorizada también por Fabricaciones Militares y RENAR) con un límite de 1 (una) caja de 15 kgs por producto.
Por otra parte, las principales cadenas del rubro (Cienfuegos, Cadenaci, Júpiter) solicitan diferentes permisos para venta temporaria en diferentes shoppings o hipermercados de la ciudad.
Estos permisos son otorgados (a través de una disposición especial) por la Dirección Gral. de Habilitaciones y Permisos de la AGC, para lo cual deberán cumplir con una serie de requisitos como ser:
- Todos los puestos deben ubicarse en el exterior del edificio o en sector de estacionamiento del mismo, quedando prohibido el emplazamiento en cualquier otro lugar. Tampoco se podrá obstaculizar los medios de salida o evacuación de los centros comerciales o hipermercados.
- Cumplir con todas las condiciones impuestas por el Decreto 606/10 y la Disposición RENAR 862/10, con las modalidades especiales que asumirá en este caso la promoción y venta de artículos de pirotecnia.
- Presentar póliza de seguros con cobertura de Responsabilidad Civil Comprensiva de la actividad.
- Teniendo en cuenta las características de los lugares donde se llevará a cabo la venta de fuegos artificiales, sólo se autoriza la comercialización de artificios que presenten mechas de seguridad conocidas como «Green fuse» que son aquellas que requieren para su encendido el acercamiento de una llama directa por un cierto tiempo.
- El stand no podrá instalarse cerca de artículos inflamables, fuentes de calor o estar expuestos al sol.
- Deberán contar con 2(dos) matafuegos reglamentarios tipo ABC, debiéndose afectar además los sistemas de extinción fijos del lugar.
- En caso de detectarse exceso de cantidad de mercadería acopiada o algún tipo de irregularidad en las mismas, se da inmediata intervención al RENAR. Este organismo verifica si la mercadería cuenta con las condiciones de seguridad para la venta al público, caso contrario, la misma se destruye en el momento.
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