Será destinado a la Federación de Instituciones Comunitarias de Flores que realiza actividades sociales, culturales, deportivas y comunitarias para todos los vecinos. Más de 20 personas se presentaron este mediodía en el salón «San Martín» del Palacio Legislativo para dar su opinión antes los legisladores de la Comisión de Presupuesto. Todos los inscriptos se mostraron a favor de la petición y apoyaron la iniciativa.
Se debatió en Audiencia Pública otorgar el permiso de uso a título precario y gratuito por el término de 20 años del predio bajo el trazado de la Autopista (AU 1) 25 de Mayo, entre las calles Coronel Esteban Bonorino y Membrillar, con frente a la calle Bonorino 879 de la Ciudad de Buenos Aires a la Federación de Instituciones Comunitarias de Flores ?FEINCO.
Más de 20 personas se presentaron este mediodía en el salón «San Martín» del Palacio Legislativo para dar su opinión antes los legisladores de la Comisión de Presupuesto. Todos los inscriptos se mostraron a favor de la petición y apoyaron la iniciativa.
Estuvieron presentes los diputados Paula Villalba, Lía Rueda, Christian Bauab, Juan Pablo Arenaza, Eduardo Petrini, Daniel Lipovetzky (PRO), Marcelo Guouman (SUMA+) y Carlos Tomada (FpV).
FEINCO es una agrupación de asociaciones civiles sin fines de lucro. Desarrolla actividades sociales, culturales, deportivas y comunitarias, que son parte integral del barrio y de su identidad, en un marco de contención y seguridad para niños, padres y abuelos. El predio en cuestión es sede de los servicios comunitarios «Centro de Día N° 3» de adultos mayores, «Casa Flores» y del «Instituto Terapéutico Educativo de Integración Social S.R.L. -ITEDIS-«. Además se destina a la realización de actividades deportivas de algunas instituciones educativas públicas y privadas dependientes de la Dirección de Educación Primaria del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y también para organizaciones deportivas de la zona.
«El permiso de uso del predio en cuestión significa para la institución un presupuesto necesario para el desarrollo de las citadas actividades, y colaborará a que ella, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y numerosas organizaciones de la Comuna 7 puedan seguir desarrollando sus objetivos, lo que sin duda beneficiará a la comunidad», según expresan los fundamentos del proyecto de ley presentado por la diputada María Rosa Muiños (FpV).
¿Qué es una Audiencia Pública?
La Audiencia Pública es un instituto de participación consagrado por la Constitución de la Ciudad, y sancionado por la Legislatura en el año 1998.
Es una herramienta participativa que legitima una decisión, ya que antecede a una determinada medida ofreciendo a la ciudadanía la posibilidad de conocer un proyecto, las ventajas y desventajas que conlleva su realización, pone de manifiesto la confrontación de intereses, caracterizando aquellos de índole individual y los de índole colectivo y evidencia la complejidad de factores que deben tenerse en cuenta ante la ejecución de una política pública.
Es una oportunidad para los/as vecinos/as, ya que acceden a la información detallada sobre un proyecto en cuestión. Es una oportunidad para los funcionarios, porque recepciona en pie de igualdad las diferentes posiciones frente a un tema objeto de decisión y es una oportunidad para la gestión pues transparenta la ejecución de un acto administrativo.
Información para participantes
Aquellas personas que se encuentren interesadas en exponer su parecer durante una Audiencia Pública determinada, deben acercarse al lugar de Registro habilitado en el plazo de inscripción establecido, con DNI que acredite domicilio en la Ciudad. En el caso de Instituciones o Asociaciones, estas pueden inscribirse a través de sus representantes legales o apoderado, acreditando los libros correspondientes y copia certificada de designación de mandato.
Cada participante cuenta con una intervención oral de hasta 5 (cinco) minutos pudiendo, en caso que sea necesario ampliar su exposición, presentar un escrito que será incorporada al expediente.
Por su parte, quienes sólo quieran presenciar la Audiencia, sin exponer, sólo tendrán que acercarse a la misma en la fecha y horario correspondiente.
Si bien las opiniones vertidas presentan un carácter consultivo y no vinculante, luego de finalizada la Audiencia la autoridad a cargo debe elaborar un informe acerca de cómo las ha incorporado o por qué se han desestimado, según el caso. En este sentido la Audiencia Pública se constituye como un espacio institucional para el contacto entre la autoridad responsable de la toma de decisión y los ciudadanos.