La justicia rechazó la acción de amparo colectivo impulsada por una asociación civil, la cooperadora de la escuela lindante y un comunero, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El titular del Juzgado n.° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Martín Converset, rechazó la acción de amparo colectivo interpuesta por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Asociación Cooperadora de la Escuela Normal n.° 4 «Estanislao Zeballos», y un integrante de la Junta Comunal n.° 6, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de que se declarara la inconstitucionalidad del artículo ‘Cuadro 5.5 B) –Arterias sujetas a apertura con declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación de las parcelas o partes necesarias a aquellos fines’ del anexo de la ley 6099 Código Urbanístico, y la petición de declarar la nulidad de “… toda normativa que autorizó la obra de apertura de la calle Beauchef entre la Av. Rivadavia y la Calle Rosario atravesando el Parque Rivadavia y se ordene la interrupción de los trabajos constructivos por no haber cumplido con la audiencia pública obligatoria…”. Todo ello en el marco de los autos caratulados «Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y otros contra GCBA sobre Amparo – Obras – Suspensión».
Los amparistas señalaron que «no se ha respetado el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental con relevante efecto que se establece en la ley 123; que se ha violado el principio de progresividad en materia ambiental, de preservar e incrementar los espacios verdes y públicos; y que se ha quebrantado el mandato del Plan Urbano Ambiental de promover el mejoramiento funcional y ambiental de los parques, manteniendo su integridad». Y a su vez, solicitaron que «se disponga la recomposición ambiental del parque Rivadavia en el sector afectado por la ejecución de las obras de la apertura de la calle Beauchef entre Av. Rivadavia y la calle Rosario».
El Ejecutivo porteño respondió que «el proyecto denominado ‘Paseo Beauchef’ consiste en la puesta en valor del espacio público ubicado en la calle Beauchef». Y adujo que «la Dirección General de Espacios Verdes impulsó el proyecto mencionado cuya finalidad, principalmente, es integrar el espacio asignado para los libreros a uno nuevo más amigable para el vecino, usuario del lugar y libre de desniveles, aumentándose la superficie verde en 140 m², logrando un total de 240 m² de superficie absorbente». Asimismo, indicó que «en la actualidad no existen trabajos de apertura de calle sino que se están desarrollando trabajos de mantenimiento y puesta en valor del mencionado predio». Informó además que «la obra propone el ensanchamiento de las cazoletas existentes, la realización de mejoras en los muros laterales de la escuela normal 4 y la colocación de mobiliario urbano como bancos, mesas de ajedrez y luminarias led». Remarcó por último, que «no se están desarrollando trabajos constructivos de apertura de la calle Beauchef (…), sino tareas habituales de mantenimiento y puesta en valor, sin perjuicio de lo cual, señaló que efectivamente existe un mandato legislativo que ordena la apertura de la calle Beauchef».
El magistrado narró que «en el reconocimiento judicial llevado a cabo el 27 de febrero de 2019 se desprende que, ante la requisitoria del tribunal, el (…) GCBA indicó que ‘el objeto actual consiste en poner en valor la zona’ y afirmó que ‘en esta primera etapa del proyecto –si bien el solado va a estar en condiciones para soportar el tránsito vehicular– únicamente será destinado a uso peatonal, volviéndose a colocar los puestos de libros en su ubicación original’. Acto seguido, dijo que ‘si eventualmente la Legislatura porteña autoriza en un futuro la apertura de la calle, ello se llevará a cabo sin observar los criterios de una calle normal si no que se realizará con ciertas particularidades dado que se tratará de una calle de convivencia con una circulación restringida de automóviles’». Asimismo, destacó que «el área de Espacios Verdes del GCBA remarcó que ‘… la obra proyectada no va a modificar sustancialmente el lugar sino que se va a mejorar, se tiene en miras a incorporar nuevas luminarias y nivelar el solado’». Y aseguró además que «en esta etapa no va a haber tránsito vehicular, cerrándose el pasaje con bolas de hormigón».
Finalmente, Converset concluyó que «no existe un daño cierto que pueda ser objeto de la presente acción de amparo sino que, por el contrario, de las manifestaciones alegadas por la actora y de los informes por ella acompañados, se deduce que el daño resultaría meramente eventual o conjetural. Ello claro está, sin ingresar en analizar (…) la posible apertura de la calle Beauchef, la que se encuentra prevista desde la sanción de la ordenanza 23.475 de 1968 y que, en el hipotético caso que ésta se efectúe mediante los mecánicos legales pertinentes tampoco se advertiría una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta».-
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