El próximo miércoles 27 de marzo de 2019 a las 15:00 hs. el Tribunal Oral Federal N° 2 -Comodoro Py 2002 – 6° piso, dará a conocer las penas impuestas a los imputados en la operación de compraventa fraudulenta del Predio Ferial del Parque 3 de Febrero efectuada entre la Sociedad Rural Argentina y el Gobierno Nacional en 1991.
Los imputados, no solamente son Carlos Menem, Domingo Cavallo y funcionarios del entonces Ministerio de Economía, sino también los peritos que tasaron el predio y los directivos de la SRA que intervinieron en la operación.
El veredicto tendrá que ver con las penas impuestas a los personajes en cuestión y el destino final del Predio Ferial, reclamado nuevamente para el Estado.
Esta causa se desarrolló en base a la denuncia efectuada por la Asociación Amigos del Lago de Palermo en mayo de 1999, en actuaciones ya iniciadas en 1994 y llevadas por la Fiscalía de Instrucción N° 33 a cargo de José María Campagnoli – Sría. Ignacio Rodriguez Varela, por ocupación ilegal de tierras en el Parque 3 de Febrero.
“LA RURAL DE PALERMO”, NEGOCIOS PRIVADOS CON BIENES PÚBLICOS
SINTESIS DE LO ACONTECIDO 1852 – 2019
Asociación Amigos del Lago de Palermo
en la Coord. en Defensa de las Tierras y el Patrimonio Público
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El predio en cuestión, perteneció al Estado a partir de la confiscación de las propiedades de Juan Manuel de Rosas en 1852 (Decreto Nº 1.474/1852 – Ley Nº 1.706 de 1857) y pertenece al Parque 3 de Febrero a partir de su creación, hecha por Ley Nº 658 aprobada el 25 de junio de 1874.
Como parte integrante de dicho parque, el 4 de noviembre de 1875 es entregado temporariamente a la Sociedad Rural Argentina por 20 años, a título gratuito, por la Comisión Auxiliar del Parque 3 de Febrero. Esta pertenencia le da su carácter de bien de dominio público.
La primera Exposición Rural en ese predio, recién se realiza en 1878, tres años después de haber sido inaugurado el Parque 3 de Febrero, el 11 de noviembre de 1875.
Las sucesivas prórrogas de las concesiones son hechas por leyes del Congreso Nacional o Decretos-ley de los gobiernos de facto. En ellas siempre se hace referencia al predio como “… situado en el parque de Palermo”. Siempre se cumple con el art. 67 – inc. 4º de la Constitución Nacional vigente en esos momentos, en el que otorga facultades al Congreso de la Nación para para “Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional”.
En 1991, con el Decreto 2699, el Poder Ejecutivo Nacional desconoció todos estos antecedentes y procedió a efectuar la “venta” de un sector del parque público más antiguo e importante del país tratándolo como “un inmueble de dominio privado del Estado Nacional innecesario para su gestión”.
Posteriormente, en 1997/98 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires autorizó obras en el predio, violatorias del Código de Planeamiento Urbano.
A partir de fines de 1998, la “venta” y la obra que se desarrollaba en el predio son cuestionadas públicamente por organizaciones no gubernamentales de la Ciudad. Se consiguió así paralizar la continuidad indefinida de la obra.
En mayo de 1999 Amigos del Lago de Palermo denunció ante la Fiscalía en lo Criminal de Instrucción Nº 33 a cargo de José María Campagnoli – Secretaría de Ignacio Rodríguez Varelalos hechos anteriormente descriptos, que fueron incluidos dentro de la causa abierta en 1994 por irregularidades en el Parque 3 de Febrero.
En mayo de 2000 dicha Fiscalía presentó un Requerimiento al Juez de Instrucción Ricardo Farías con el resultado de una detallada investigación que involucraba a más de setenta (70) funcionarios nacionales, de la Ciudad y directivos del BaPro, de la SRA y de Ogden Argentina.
En julio de 2001, un grupo de diputados de la Ciudad de diversa extracción política, presentó un proyecto de ley de rezonificación del predio que hubiera permitido proseguir con las obras. El proyecto es desarticulado en la Legislatura porteña por acción de entidades vecinales – Amigos del Lago entre ellas- y de la Fiscalía que intervenía en la causa.
En julio de 2004, el Jefe de Gobierno Aníbal Ibarra firmó un vergonzoso convenio con la SRA y Ogden Rural SA, concesionaria de la explotación del Predio, intentando continuar con las obras ilegales. A instancias de la AALP, ocho diputados de la Ciudad se presentaron en la Justicia y ésta determina su anulación.
Entre setiembre y octubre de 2004 el Juzgado de Instrucción llamó a prestar declaración indagatoria a treinta y tres (33) de los más de setenta (70) imputados.
La causa judicial iniciada por la denuncia de la AALP se dividió en dos: una en el Fuero Federal y otra en el Fuero Penal. Quedaron procesados Menem, Cavallo, directivos de la SRA, funcionarios del BaPro y otros.
En agosto de 2007, el Jefe de Gobierno Jorge Telerman presentó otro proyecto de ley para
rezonificar el Predio Ferial con la intención de blanquear las obras ilegales realizadas, pero ocurre lo mismo que en 2001.
En diciembre de 2009, el Jefe de Gobierno Mauricio Macri presentó otro proyecto de ley con las mismas intenciones. El proyecto es desactivado, por un lado por la labor categórica de la AALP y por otro, debido al cortocircuito político-económico surgido entre Macri y Francisco De Narváez, ahora concesionario de la explotación del Predio.
En 2012, el Decreto 2552/12 de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner derogó el Decreto de venta del predio firmado por el entonces presidente Menem pero, al cuestionar solamente el “precio vil”, no definirlo como integrante histórico del Parque 3 de Febrero y, como cierre, ponerlo a disposición de la Agencia de Administración de Bienes del Estado –AABE– organismo creada por ella misma por el DNU 1382/12, siguió la senda del incumplimiento constitucional.
En septiembre de 2014, el Fiscal J M Campagnoli y el Juez Farías dan por finalizada la instrucción que llevaban adelante. Lo mismo hace el Fiscal Stornelli y el Juez Sergio Torres en febrero de 2015 en el Fuero Federal. Se dispone el juicio oral y público en cada una de las causas por los delitos cometidos en la operación de compraventa del Predio Ferial.
En 2016, la Procuración de la era Macri rescató el Decreto de nulidad suscripto por la ex presidenta y lo considera “correcto”. La AABE se presenta como querellante en la causa federal.
En junio de 2018 comenzó el Juicio Oral y Público en el Fuero Federal por la operación de
compraventa. Se espera la resolución del Tribunal Oral Federal N° 2 para marzo/abril de 2019.
Está prevista para los próximos meses la iniciación de los otros juicios orales en las dos causas penales derivadas.
“LA RURAL DE PALERMO”, NEGOCIOS PRIVADOS CON BIENES PÚBLICOS
JUICIO ORAL Y PÚBLICO EN EL FUERO FEDERAL POR LA OPERACIÓN DE COMPRAVENTA DEL PREDIO FERIAL DEL PARQUE 3 DE FEBRERO
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El Juicio Oral y Público a cargo del Tribunal Oral Federal N° 2 de Comodoro Py 2002, se inició el 6 de junio de 2018. Los imputados son Carlos Saúl Menem, Domingo Felipe Cavallo y funcionarios del entonces Ministerio de Economía. También están involucrados tasadores del Banco de la Ciudad y del Hipotecario (que fijaron para el inmueble el valor de 30 millones de dólares), el entonces presidente de la SRA, Ricardo Agustín de Zavalía y el empresario agropecuario y ex secretario de la SRA, Juan Alberto Ravagnan.
La Agencia de Administración de Bienes del Estado -AABE- se ha presentado como querellante, respaldando el Dto. PEN Nº 2.552/12 de la ex presidenta CFK que anula la venta del Predio Ferial y lo pone -irregularmente- a su disposición.
El 8 de agosto se presentó como primer testigo llamado por la Fiscalía, Osvaldo GE, quien
fuera el denunciante original en representación de la AALP.
Llegado el momento de los alegatos, el 28 de noviembre se efectúa el de la Fiscalía General N° 3 representada por las Dras. Gabriela Baigún y Dafne Palópoli. Los alegatos de las defensas continuaron durante los meses de diciembre de 2018 y febrero de 2019.
Se espera para marzo/abril de 2019 la resolución del Tribunal Oral Federal.
OTRAS DOS CAUSAS A JUICIO ORAL Y PÚBLICO EN EL FUERO PENAL
En el Fuero Penal existen otras dos causas derivadas. Una que ya está a punto de iniciarse donde están imputados miembros del Directorio del Banco Provincia por otorgar el crédito incobrable de más de cien millones de dólares para realizar las obras -durante el gobierno de Carlos Menem en la Nación y Duhalde en la provincia- y Horacio Foster, Enrique Claudio Crotto, Alfredo Miguel O’Farrell, Raúl Etchebehere y Carlos Alberto Huber y Francisco José Del Castillo, representantes del conglomerado empresario que tomó el crédito (los cuatro primeros por La Rural SA y los dos últimos por Ogden Argentina SA).
En la otra causa penal, sólo falta un trámite administrativo para que los imputados vayan también a Juicio Oral. Es la primera vez que funcionarios del Gobierno de la Ciudad (8 arquitectos, 2 ingenieros y dos abogados) son juzgados por autorizar obras (en este caso sobre el Predio Ferial) violatorias de la normativa vigente:
– Arq. Oscar R. Lozano (DGFOC) / Arq. Ignacio Lopatín (Dtor. Gral. de Planeam. Interpretativo) / Ing. Carlos Sandri (DGFOC) / Ing. Carlos A. Mallman (ex Dtor. Gral. DGFOC) / Arq. Francisco Prati (ex Dtor. Gral. Planeam. Interpretativo) / Arq. Juan Luis Gilli (DGFOC) / Arq. Roberto Converti (ex Subsecr. Planeam. Urbano), “en orden al delito de peculado en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de coautores (arts. 45; 54; 248 y 261 del Código Penal y 306 y 310 del Código Procesal Penal), trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-)”.
– Dr. Ernesto Alberto Marcer (abogado, ex Procurador General del GCBA) / Arq. Jorge Iribarne (ex Cons. Ases. d/Planif. Urb-CAPU) / Dr. Raúl Francisco Navas (abogado, integrante del ex CAPU) / Arq. Carlos Lebrero (ex Subsecr. de Planeam. Urbano), “en orden al delito de peculado en calidad de partícipes necesarios, que concurre idealmente con el de prevaricato previsto en los artículos 271 y 272 del Código Penal, en calidad de autores (arts. 45; 54 y 261 del Código Penal y 306 y 310 del Código Procesal Penal), trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-)”.
– Arq. Carlos Alberto Salaberry / Luciano Miguens (productor agropecuario y ex presidente de la SRA) / Marcelo Ignacio Vierheller (comerciante), “en orden al delito de peculado, en calidad de partícipes necesarios ((arts. 45 y 261 del Código Penal y 306 y 310 del Código Procesal Penal), trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-)”.
Los arquitectos, abogados e ingenieros mencionados fueron funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires durante las administraciones de Fernando De la Rúa y Aníbal Ibarra como Jefes de Gobierno.