El gobierno bloqueó la página web de UBER

Martín Lapadú, Fiscal de Cámara de la Unidad Fiscal Oeste, solicitó la detención de los directivos de la empresa UBER por su incumplimiento a la clausura impuesta por la justicia para la realización del juicio oral. Además pidió que la clausura/bloqueo preventivo de la página web y la aplicación UBER dispuesta por la justicia, el 22 de abril de 2016, se haga extensiva a todo el territorio nacional.

El fiscal Lapadú solicitó el pedido de detención de los directivos Diego Mariano Oliveira Gerente General de UBER Argentina y Mariano Otero CEO de la empresa y de bloqueo nacional de la página y app de UBER al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 16. Sus pedidos se basan en que los directivos de UBER nunca cesaron en sus contravenciones sino que siguen omitiendo por completo los mandatos judiciales, continuando con la actividad ilícita. Hace 9 meses que los ejecutivos de la empresa se encuentran violando la clausura impuesta y continúan haciendo uso indebido del espacio público. Ambas contravenciones sancionadas en los artículos 73 y 83 del Código Contravencional, y que provocan un serio peligro para la salud y seguridad de las personas.

Como consecuencia de esta esta solicitud del fiscal Lapadú, se hicieron presente en la Fiscalía Oeste, el CEO de UBER, Mariano Javier Otero, y el Gerente Diego Oliveira quienes se pusieron a derecho junto a su abogado defensor, quien más allá del secreto del sumario que pesa sobre la causa, habían presentado una eximición de prisión para sus defendidos justo el día posterior a la petición del Fiscal. La Fiscalía tomó sus datos a fin de citarlos para su correspondiente declaración indagatoria.

Asimismo, Lapadú pidió la clausura/bloqueo preventivo de la página web y la aplicación UBER dispuesta el 22 de abril de 2016, por el Juzgado Penal Contravencional y de Faltas Nº16, se haga extensiva a todo el territorio nacional y la Jueza Maria Fernanda Botana hizo lugar para que las empresas que dan servicios de Internet bloquen la página y la aplicación de UBER Argentina.

El pedido de bloque se pidió porque durante la investigación, la Fiscalía Oeste pudo comprobar que hay riesgos para preservar pruebas sumamente trascendentes para la pesquisa. Se pudo conocer que la firma UBER tiene la capacidad de alterar o borrar remotamente a través de su aplicación los registros de los socios de la empresa, y esa situación representa un riesgo para la prueba, por eso el bloqueo total permitiría un resguardo mucho más efectivo de aquella.

El Fiscal Lapadú solicitó al juzgado que se bloquee la página y la aplicación de UBER a nivel nacional como aconteció en el caso «BWIN», una página de apuestas ilegales sin habilitación nacional.

MARCO LEGAL

Artículo 83 – Usar indebidamente el espacio público. Quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, es sancionado/a con multa de doscientos ($ 200) a seiscientos ($ 600) pesos.

Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de 5.000 a 30.000 pesos.

No constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria.

Artículo 73. VIOLAR CLAUSURA

Quien viola una clausura impuesta por autoridad judicial o administrativa, o incumple una sanción sustitutiva o accesoria impuesta por infracción al régimen de faltas por sentencia firme de autoridad judicial es sancionado/a con cinco mil ($ 5.000) a sesenta mil ($ 60.000) pesos de multa o arresto de cinco (5) a veinte (20) días. (Conforme texto del Artículo 1 de la Ley N° 5038, BOCBA N° 4460 del 15/08/14)

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