INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE PASEADORES DE PERROS

El trámite debe realizarlo la persona que se dedica a la actividad de paseador de perros, para obtener la credencial identificatoria habilitante para dicha actividad.

Cualquier persona, mayor de edad, interesada en ejercer el oficio depPaseador de perros debe estar inscripto en el Registro de Paseadores de Perros de la Ciudad de Buenos Aires.

Los requisitos necesarios son:
  •  Presentar certificado de domicilio de la Policía Federal (domicilio correspondiente a la Ciudad).
  •  Denunciar el domicilio real.
  •  Entregar dos fotos color 4 x 4
  •  Firmar la declaración jurada.

Certificado de domicilio: MOSTRAR ORIGINAL Y ENTREGAR COPIA.

Pasos para realizar el trámite

El trámite se realiza en la sede del Registro de paseadores de perros, Cerrito 268, piso 11°, de 11:00 a 17:00 hs. y puede ser realizado únicamente por el interesado, que debe ser mayor de 18 años, acreditado con la presentación de documento de identidad y fotocopia y tener domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, acreditado con certificado expedido por la Policía Federal Argentina.

Más información

La credencial tiene un año de validez, debe renovarse dentro de los treinta días corridos anteriores a la fecha de vencimiento, en caso de no renovarse, caduca.

El titular de la credencial debe llevarla consigo en todo momento en que desarrolle la actividad, junto con la documentación que acredite su identidad.

Para renovar la credencial debe presentarse un certificado de libre deuda de infracciones, emitido por la autoridad competente. 

En caso de robo o extravío de la credencial, debe presentarse la siguiente documentación:
  • Denuncia policial que acredite el robo o extravío
  • Libre deuda de infracciones emitido por la autoridad competente.

Todas las personas que pasean perros (en forma lucrativa o no) tienen las siguientes obligaciones, vinculadas con la noción de «tenencia responsable»:

  • Los animales domésticos deben ser conducidos mediante el empleo de correa y collar.
  • Deben recogerse las deyecciones de los animales con una escobilla y una bolsita.
  • No atar los animales a árboles, monumentos, semáforos, postes o cualquier tipo de mobiliario urbano.
  • Los perros solamente podrán permanecer en el espacio público sin el empleo de rienda o collar cuando se encuentren en los lugares exclusivamente autorizados para el uso de animales domésticos (por ejemplo, caniles).
  • Si se pasea a más de tres perros en forma simultánea (aún cuando los animales sean propios), es necesario inscribirse en el Registro de paseadores de perros.
  • Los paseadores inscriptos en el Registro no pueden llevar más de 8 perros a la vez.

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14 COMENTARIOS

  1. Hola. Quería saber donde se saca el registro de paseador de perros. Por que en la pagina del gobierno es solo renovación.
    Muchas gracias

    • Hola Natalia, las páginas que conocía para la inscripción ya no están operativas. Te recomiendo que te comuniques telefónicamente al 147. Saludos

    • Nosotros no tenemos que ver con el gobierno de la ciudad de Buenos Aires. Comunicate con el 147 y preguntales. Saludos.

  2. para laburar de esto tengo que vivir en capital ? por que soy de provincia y la situacion en provincia es diferente

    • Perdón, no había visto este comentario, no están dando nuevos permisos durante esta pandemia. Saludos.

    • Esta nota es muy vieja, fijate la fecha de publicación.
      En pandemia no abrieron la inscripción.

    • No tengo idea, nuestra página trata sobre la ciudad de Buenos Aires, no sé decirte. Saludos.

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